Analizamos el artículo “La supervisión. Eje del cambio en los
sistemas educativos”, escrito por Mª Antonia Casanova en el 2015.
Este artículo es fruto de la observación y el estudio de la
trayectoria de los sistemas educativos en los últimos años, en el conjunto de
países iberoamericanos.
Se observa que en la década presente, han sido numerosas las
reformas educativas puestas en marcha tanto en España como en Iberoamérica.
Parte de esas reformas tienen que ver con la mejora de la calidad de la
educación que exige la sociedad actual, pero hay otra parte que se ve que
responde a los deseos de muchos países por figurar en los primeros puestos del
ranking de evaluaciones internacionales, como la del informe PISA. Muchas
medidas de cambio van encaminadas a adaptar los sistemas a lo que piden esas
pruebas que periódicamente se pasan.
En paralelo con los cambios educativos, y dado que muchos de
ellos han afectado a la estructura del sistema, la supervisión se ha visto
también involucrada en los mismos. Unas veces para bien y otras no tanto.
De cualquier manera, lo que resulta seguro es que la
supervisión educativa no deja indiferente a casi nadie: ni entre los docentes,
ni entre los administradores de la educación.
La supervisión se encuentra entre la Administración y el
centro docente, realizando una labor de puente entre ambos.
Las normas de la Administración llegan a las escuelas a
través del supervisor, y el funcionamiento obtenido en la aplicación de esas
normas, las exigencias sociales o las necesidades de la escuela también llegan
a través del mismo a la Administración.
Funciones de la Supervisión Educativa
De forma genérica, puede afirmarse que los supervisores se
encargan, habitualmente, de informar, asesorar, mediar, controlar y evaluar.
Información:
El supervisor conoce ampliamente los centros escolares y
también la normativa, con lo cual tiene en sus manos la posibilidad de
facilitar información a todos los sectores sociales interesados en el campo de
la educación: familias, profesorado de todos los niveles, personal no docente,
alumnado, personal de las distintas administraciones -locales y centrales- que
se relacionan con el sistema, etc.
Se mantiene actualizado tanto en temas legales como
técnico-pedagógicos.
Asesoramiento:
Habitualmente, el inspector posee una formación académica
especializada. Y es por ello que existen determinados campos, realmente
amplios, en los que, casi, es el único especialista en el sistema educativo que
puede abordar con garantías de conocimiento teórico-práctico: organización, administración,
gestión, evaluación..., de los centros docentes y del sistema educativo.
Resulta el profesional idóneo para asesorar, casi siempre a
los directivos de los centros o a los Administradores de la educación
Mediación:
El camino que recorre la información entre realidad y
normativa, sociedad y administración, se lleva a cabo a través de la mediación
que realizan los inspectores. Si falla este mecanismo, la teoría y la práctica
educativas corren el riesgo de quedar sin conexión.
Su papel mediador se pone de manifiesto claramente en las
situaciones de conflicto escolar, en las que resulta una pieza clave para
resolver los problemas, más o menos graves, planteados.
Control:
Consiste en la comprobación de cómo se está aplicando la
normativa legal que rige el sistema está a cargo de la supervisión. Para ello se
visita el centro con cierta frecuencia.
Las consecuencias de este control -casi un mero diagnóstico-
conducen al ejercicio de otra función, más amplia, como es la de evaluación.
Evaluación:
Es la función genuina de la supervisión.
Supone el ejercicio de la valoración permanente del sistema
educativo: para reforzar los puntos fuertes y para superar la situación
existente en las áreas de mejora.
Finalidades de la
supervisión.
Las dos finalidades
de la supervisión son garantizar los derechos de la persona a una educación de
calidad y mejorar la calidad educativa del sistema.
La
responsabilidad de garantizar una educación de calidad es del supervisor a
través de un modelo de evaluación formativa y continua, es decir, una
evaluación externa junto con una evaluación interna (autoevaluación) llevada a
cabo en el centro.
El objetivo
de la supervisión es el perfeccionamiento de los procesos educativos.
Hace décadas
se hablaba de la supervisión como garantía de calidad educativa en niños, y
actualmente este término ha sido modificado a persona. Los cambios en la
sociedad han generado cambios en la educación, en la que ahora el conocimiento
es una educación permanente, al margen de la edad. Los informes internacionales
sobre educación recogen este derecho de la persona a educarse a lo largo de la
vida.
Tanto la
evaluación como la supervisión no gozan de una buena imagen. Si se cambia el
modelo educativo (transformándose en una herramienta válida) ambos (la
supervisión y la evaluación) serán aceptados e imprescindibles en la calidad
educativa.
La sociedad actual y
el modelo de supervisión.
La sociedad
avanza a pasos agigantados: avance del conocimiento, las nuevas tecnologías, la
globalización, sociedad multicultural y cambiante…por lo que este cambio exige
un cambio de actitud. Con este cambio las funciones de la supervisión en sí no
cambian, pero sí su contenido ya que hay escuelas diferentes con niños y
adolescentes que presentan diversidad y hay que poder garantizar la calidad
educativa a esta diversidad.
¿Responde la
normativa a lo que exige la sociedad?
1 LOGSE: es la primera que engloba la
inspección en el capítulo de calidad y amplía las tareas de la inspección.
LOE: La inspección educativa busca la
mejora del sistema educativo y de su calidad. No profundiza en el trabajo del
supervisor.
LOMCE: No cambia nada en especial, mantiene los cambios de la LOE.
LOMCE: No cambia nada en especial, mantiene los cambios de la LOE.
La inspección,
garante de la calidad educativa.
Los inspectores deben avalar la calidad educativa. Deben:
-
Conocer la
normativa vigente y la realidad del centro docente,
-
Controlan y velan
por el cumplimiento legal de las normas.
-
Favorecen la
optimización de los recursos humanos, funcionales y materiales.
-
Asesoran a
directivos y profesorado.
-
Informan a la
comunidad escolar.
-
Median entre la
Administración y la escuela.
-
Evalúan
formativamente el funcionamiento de las escuelas.
Los supervisores bien formados garantizan la recogida de
información más adecuada para conocer la realidad educativa del centro a
estudiar. Si hubiese alguna disfunción, éstos podrán valorar y corregir tal
situación de la forma más idónea y rápida posible.
Pueden surgir algunos problemas ante la figura del inspector.
Los docentes que son evaluados pueden experimentar una sensación de control
externo por parte del inspector. A su vez, el inspector podría optar por un
sistema de sanciones en donde podría infravalorar las virtualidades de cada
docente. Esta visión estaría lejos de un carácter formativo de la supervisión.
Cambio reforma,
innovación y supervisión educativa.
Es muy importante la colaboración entre la dirección de los
centros y la supervisión para llevar a cabo un correcto funcionamiento
sistémico.
Así entonces, la supervisión deberá de atender a estos tres
parámetros:
·
Cambio:
Es dejar de hacer una cosa para hacer otra. No garantiza la
mejora de la situación.
·
Reforma:
Supone volver a hacer todo lo ya establecido. Viene impuesto
de forma extrínseca por la Administración, la cual buscará la modificación de
las situaciones para corregirlas y mejorarlas. Implica grandes cambios
sistémicos en donde se buscará una modificación de las estructuras, los
currículos y del profesorado. Todo ello implica cambios a largo plazo.
·
Innovación:
Se alterará algo para introducir alguna novedad. El centro
tendrá la necesidad de estar al día para atender al contexto social en el que
se sitúa. Por tanto, no se esperará a que llegue la Administración con sus
leyes que todo lo modifican. Es importante llevar a cabo un proceso de
evaluación riguroso de los nuevos proyectos, esto nos permitirá saber si tales
innovaciones resultan beneficiosas para los alumnos.
Deberemos adoptar una actitud creativa para realizar y
aplicar nuevos proyectos en las aulas. La innovación debe atender a cumplir con
los requisitos que nos exige la Administración. Así pues, se deberá atender a
los contenidos curriculares, a la transversalidad, al desarrollo de las
competencias básicas para la vida diaria y a la diversidad. Es importante
ceñirse a la aplicación los modelos de actividades propuestas, así como a los
objetivos previstos y su temporalización. Analizar el cómo y qué vamos a
registrar será igual de importante que los modelos propuestos, ya que se tendrá
que considerar objetivamente y de forma medible los resultados obtenidos de tal
innovación para ver su respectivo beneficio educativo.
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