lunes, 29 de enero de 2018

ENSEÑANZA SECUNDARIA EN CENTROS PENITENCIARIOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID
De acuerdo a lo establecido en la Constitución Española, todos los españoles tendrán derecho a la educación. Es por ello que la población reclusa tiene derecho a acceder a la educación obligatoria y para ello el Ministerio del Interior de acuerdo con el Ministerio de Educación y las Comunidades autónomas han establecido las condiciones para el acceso a la educación de dicha población.
Se detallan a continuación los aspectos más relevantes relacionados con la enseñanza reglada: 
ENSEÑANZA REGLADA
En lo relativo a la enseñanza reglada es prioritaria la formación básica que se imparte a los internos e internas analfabetos, a los jóvenes, a las personas extranjeras y a aquellos que presentan problemas específicos para acceder a la educación, así como el fomento y potenciación de cualquier actividad educativa.
Entre los programas desarrollados se encuentran los siguientes:
Programas
Los programas educativos que se imparten en la Institución Penitenciaria son:

  • Programas de alfabetización para adultos.
  • Programas de consolidación de conocimientos.
  • Programas de educación secundaria para adultos.
  • Programas de alfabetización y castellano para extranjeros.
  • Bachillerato
  • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.
  • Escuela Oficial de Idiomas.


FUNCIONAMIENTO
La educación en el medio penitenciario parte de la misma concepción que recogen las Leyes de Ordenación general del sistema educativo español y en especial de la Ley Orgánica de Educación (LOE) y la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).
A partir de la publicación del Real Decreto 1203/1999 de integración delos Profesores de EGB de Instituciones Penitenciarias en el Cuerpo de Maestros, las Administraciones Educativas de las Comunidades Autónomas prestan, en su ámbito territorial, el servicio educativo en todos los niveles y modalidades de Educación Permanente de Adultos, de acuerdo con las necesidades y peculiaridades de cada establecimiento penitenciario.
COORDINACIÓN
La Administración Penitenciaria se coordina con cada una de las Administraciones Educativas de las diferentes Comunidades Autónomas por dos vías:
  • En cada establecimiento penitenciario, a través de las Comisiones Mixtas de Coordinación y Seguimiento para procurar la incardinación de la programación educativa con la programación general del centro penitenciario, y garantizar la prestación del servicio educativo en unas condiciones adecuadas.
  • A través de convenios de colaboración en materia educativa, firmados con las Administraciones Educativas de las Comunidades Autónomas.
COMUNIDAD DE MADRID
En el caso de la Comunidad de Madrid las enseñanzas iniciales de la educación básica para personas adultas tienen la finalidad de permitirles el desarrollo de las competencias básicas necesarias para acceder a las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por personas adultas, así como la adquisición de los conocimientos básicos instrumentales que posibiliten su promoción personal, social o laboral.
Las enseñanzas iniciales están dirigidas:
  • A las personas mayores de dieciocho años o que los cumplan en el año en que comience el curso escolar.
  • De forma excepcional, a los mayores de dieciséis años que lo soliciten y que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o que sean deportistas de alto nivel o alto rendimiento.
  • A la población reclusa en los centros penitenciarios, que tendrá garantizado el acceso a estas enseñanzas.
Estas enseñanzas se organizan en dos niveles, nivel I y nivel II, que pueden desarrollarse en uno o dos años académicos en función de las necesidades y características del alumno (Anexo de la ORDEN 3219/2010, de 8 de junio, BOCM de 6 de julio).
ENSEÑANZAS BÁSICAS
Los servicios o unidades educativas, existentes en todos los establecimientos penitenciarios, determinan los cursos que deba realizar el interno o interna, que tendrá carácter obligatorio solo cuando carezcan de los conocimientos propios de la formación de las enseñanzas básicas.
Al ingresar en un establecimiento penitenciario, los internos sin titulación de enseñanza obligatoria son examinados por el profesor o profesora, para conocer su nivel de instrucción y su perfil educativo, determinando el ciclo de enseñanza obligatoria al que debe ser incluido.
RELACIÓN DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Los centros penitenciarios de la Comunidad de Madrid son:
·         CIS Victoria Kent.
·         CIS Alcalá de Henares.
·         CIS Navalcarnero.
·         Alcalá Meco Mujeres – Madrid I.
·         Alcalá Meco Hombres – Madrid II.
·         Valdemoro – Madrid III.
·         Navalcarnero – Madrid IV.
·         Soto del Real – Madrid V.
·         Aranjuez – Madrid VI.
·         Estremera – Madrid VII
La población reclusa en la Comunidad de Madrid es la que se cita a continuación:


Ambos sexos
HOMBRES
MUJERES
Total Nacional
65.017
60.040
4.977
CIS Alcalá
235
202
33
CIS Navalcanero
232
207
25
CIS Victoria Kent
488
374
114
Madrid I
509
0
509
Madrid II
741
741
0
Madrid III
1.082
1.082
0
Madrid IV
1.133
1.133
0
Madrid V
1.585
1.524
61
Madrid VI
1.305
1.260
45
Madrid VII
1.478
1.298
180
Las estadísticas correspondientes a las instituciones penitenciarias españolas se pueden consultar en la web del Ministerio del Interior.
OTROS PROGRAMAS NO REGLADOS
Todos los internos tienen derecho a participar en los programas de tratamiento facilitados por la Administración Penitenciaria para la promoción y crecimiento personal, la mejora de las capacidades y habilidades sociales y laborales y la superación de los factores de conducta o de exclusión que motivaron las conductas criminales de cada persona condenada. Es obligación de la Administración diseñar un programa individualizado para cada uno de ellos, impulsándolos de forma que intervengan en la planificación y ejecución del mismo.
DESCRIPCIÓN
Los objetivos antes citados se integran y formalizan en un plan individual, continúo y dinámico, denominado Programa Individualizado de Tratamiento (PIT).
En su elaboración se tienen en cuenta aspectos como ocupación laboral, formación cultural y profesional, aplicación de medidas de ayuda, tratamiento y las que hubieran de tenerse en cuenta para el momento de su liberación. La propuesta de este programa coincide con el momento de la clasificación inicial del penado o penada, y es revisado periódicamente coincidiendo con la revisión de grado, que será como máximo cada seis meses.
En su elaboración se tienen en cuenta aspectos como ocupación laboral, formación cultural y profesional, aplicación de medidas de ayuda, tratamiento y las que hubieran de tenerse en cuenta para el momento de su liberación.

4 comentarios:

  1. Gracias por post Jesús, adjunto un enlace a la página web del Gobierno "Educar entre rejas" en la que hay experiencias educativas en prisiones y en la que profundiza sobre la enseñanza en las prisiones.
    http://www.educarentrerejas.info/index.html

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  2. Me ha gustado el artículo, Jesús, más que nada porque desconocía el funcionamiento de la educación en los centros penitenciarios y creo que es fundamental para que los presos luego puedan reincorporarse en la sociedad. La educación es básica para poder desarrollarnos como personas y creo que muchas veces los presos han llegado a la cárcel (hablando de pequeños delitos, por supuesto) por falta de medios, formación, etc...

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  3. Muy buena investigación y post. Creo que nos sirve a todos para que no tengamos la visión de que la docencia se imparte siempre en centros educativos.
    Por otro lado, me gustaría añadir que en mi opinión la falta de formación y el fracaso escolar están directamente ligados con la delincuencia.
    Para fundamentarlo, he encontrado un dato en un artículo periodístico de El País que dice lo siguiente: "más de la mitad de la población carcelaria tenga educación primaria o inferior, mientras que en el total de la población adulta sólo un 16% se ha quedado en este nivel educativo."

    Igual es necesario que reflexionemos sobre esto...

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  4. Desde luego, un gran aporte. Siempre es interesante indagar en aquellos temas de la sociedad que, por un motivo u otro, "pasen más inadvertidos". Creo yo que todos sabíamos de la existencia de la educación en Centros Penitenciarios, pero pocos habremos indagado acerca de ello (al menos a mí no me había llamado la atención hasta que lo vi como un tema posible para la actividad).
    Además de que resulta muy interesante el procedimiento, ha de contemplarse que, como se comentaba esta misma tarde en el máster, es frecuente que una persona que ha sido detenida por delinquir con cierta frecuencia, rara vez tendrá unos estudios "avanzados" (muy entrecomillado). En un ambiente como tal, no es raro que surja incertidumbre y ansia de conocimiento, además de un interés por formarse, más o menos, de cara a la salida del centro una vez cumplida la sanción.
    En definitiva, se trata de una muy buena labor.

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